CIUDAD DE MÉXICO 25 DE NOVIEMBRE DE 2016.- El Octavo Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México rechazó en forma definitiva la solicitud del gobernador con licencia Javier Duarte de suspender una orden de aprehensión en su contra por lavado de dinero y delincuencia organizada.
En la resolución se declaró infundada una queja presentada por Duarte contra Juan Mateo Brieba, Juez Sexto de Distrito en Amparo Penal, quien dijo que podía ser detenido sin juicio de desafuero.
«Dada la circunstancia de que el quejoso se encuentra separado del cargo (por virtud de la licencia que él mismo solicitó) y lo estará hasta la muy próxima fecha en que concluye el período para el que fue votado, si con la medida suspensional se evitara la ejecución del acto privativo de libertad reclamado, en caso de estar relacionado con delitos de prisión preventiva oficiosa, es claro que la afectación al interés social sería desproporcionada y de mayor gravedad», establece el fallo.
El 18 de noviembre el juez Brieba otorgó una suspensión provisional a Duarte que no lo exime de ser detenido, pues estimó que el fuero no lo protege y que el juicio de procedencia en el Congreso de la Unión sólo sirve para convalidar el proceso penal instaurado en su contra.
La defensa de Duarte impugnó esa suspensión ante el tribunal colegiado, alegando que el juez había relacionado en forma equivocada el concepto de fuero con la amnistía.
El proyecto de sentencia estuvo a cargo de la magistrada Taissia Cruz Parcero, quien concluyó que no podía ser suspendida la aprehensión por delitos que ameritan prisión preventiva.
No obstante, consideró como valor supremo al interés social y no los argumentos del juez Brieba, con los cuales dijo no coincidir.
«Si bien no se comparte el método de análisis ni los argumentos que el juez de Distrito expuso, pues debió sujetarse a lo que para tal efecto establece el numeral 138 (de la Ley de Amparo), especialmente si el quejoso alegaba tener un buen derecho (fuero constitucional), para no ser privado de la libertad por las autoridades, lo cierto es que su conclusión, como ya se expuso, se considera correcta», consideró la magistrada.
Según la magistrada, Duarte está en lo correcto al reclamar que el juez valoró al fuero como una amnistía, pues el primero es una inmunidad relativa y temporal que protege a las personas sólo por el tiempo en que ejercen el cargo público, mientras que la amnistía es una causa de extinción de la acción penal definitiva.
Pero también toma en cuenta el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a que el fuero no es permanente y que sólo está vigente para aquellos servidores públicos que desempeñan el cargo, lo que no ocurre con Duarte.
En los 5 días que le restan a su sexenio, Duarte ya no podrá suspender la orden que fue librada en su contra por lavado de dinero y delincuencia organizada, este último un delito con prisión preventiva de oficio que le impedirá llevar un eventual proceso en libertad.
LE NIEGAN OTRO AMPARO
Un juez federal negó una suspensión provisional solicitada por el gobernador con licencia de Veracruz, Javier Duarte, y aseguró que no cuenta con fuero.
A través de una nota informativa, el Juez Décimo Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México dio a conocer que rechazó la solicitud de amparo 1038/2016-IV, con la que Duarte buscaba evitar su detención, en virtud de que el delito de delincuencia organizada por el cual dice que se libró la orden de aprehensión amerita prisión preventiva.
El juzgador federal argumentó que al gozar de licencia en su encargo público, el quejoso no cuenta con fuero constitucional, por lo que las autoridades podrían cumplimentar la orden de aprehensión relativa.
Dentro de la demanda de amparo, el mandatario veracruzano señala que la existencia de una orden de aprehensión dictada en su contra por autoridades del Centro de Justicia Penal Federal de esta ciudad, con sede en el reclusorio norte, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, y solicitó se le concediera la suspensión provisional para que no fuera privado de la libertad al considerar que cuenta con fuero constitucional.
Apenas ayer jueves, otro juez federal admitió a trámite un amparo promovido por Javier Duarte para evitar su detención, en el cual alega que cuenta con fuero constitucional. Sin embargo, también este juzgador consideró que el gobernador con licencia sí puede ser detenido.
La autoridad jurisdiccional apuntó que el fuero no puede ser tomado como amnistía, pues las víctimas no pueden atacar eficazmente el que se resuelva el procedimiento de declaración de procedencia, lo que no impide que se cumplan los fines del Estado por lo que la orden privativa de la libertad que se reclama puede ser ejecutada.