Una organización sin fines de lucro constató que uno de los 68 migrantes víctimas del incendio de las instalaciones del Instituto Nacional de Migración (INM) en Ciudad Juárez, siniestro en el que murieron 39 hombres, se encontraba detenido de manera ilegal, debido a que tenía un proceso vigente ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).
La organización HIAS, que proporciona servicios integrales a personas en contexto de movilidad en México, difundió en redes sociales un comunicado en el que expone que presentará una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por este caso, derivado del incendio ocurrido el 27 de marzo de 2023.
“Uno de los jóvenes sobrevivientes quien se encuentra internado en estado de gravedad cuenta con un proceso vigente de asilo en México y con una constancia de inicio de trámite emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados la cual avalaba su protección en México y el derecho a no ser devuelto a su país”, se lee en el comunicado. “El Instituto Nacional de Migración no tendría que haberlo mantenido en detención”, resalta.
La organización detalló que la víctima es un joven venezolano que sustentaba a su familia, su esposa y sus tres hijos, vendiendo flores en la vía pública y al acercarse a la ONG en el mes de enero, se le brindó representación legal gratuita al solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado estando en libertad.
«Hace poco él llegó a la oficina de HIAS y nos dijo que estaba muy contento porque el 14 de febrero había vendido muchas flores en la calle», comentó su representante legal.
Piden a CNDH investigue el caso
HIAS pide a la CNDH que investigue la violación de derechos cometidos en contra del solicitante de asilo, y se garanticen la no repetición de estos actos y la reparación integral del daño causado.
Al buscar protección internacional por las causas establecidas en la Convención del Estatuto de Refugiados de 1951, “México tiene la obligación de garantizar y respetar una serie de principios frente a quienes solicitan asilo al haber ratificado dicho tratado internacional, mismos principios establecidos en el marco normativo mexicano en el artículo 5º de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Politico:
No devolución.
No sanción por ingreso irregular.
No discriminación.
Cooperación internacional
Responsabilidad compartida
Unidad familiar.
Presunción de inocencia.
Gratuidad.
Protección de datos.
Confidencialidad.
Carga de la prueba y beneficio de la duda
Asistencia humanitaria y protección